Prestación consistente en una indemnización a tanto alzado que la Seguridad Social reconoce a los trabajadores que sufran lesiones, mutilaciones y deformidades causadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, que sin llegar a constituir incapacidad permanente, supongan una disminución de la integridad física del trabajador, siempre que aparezcan recogidas en el baremo establecido al efecto («BOE» núm. 26, de 30 de enero de 2013, páginas 6839 a 6844/6 págs.).
Esta prestación está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social y de los Regímenes Especiales de Trabajadores del Mar, Trabajadores Autónomos y Minería del Carbón.
Estas son las que recoge cada Régimen:
Régimen General de la Seguridad Social
Regímenes especiales: Minería del Carbón, Cuenta propia y autónomos y Trabajadores del Mar
Régimen de la Minería del Carbón
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La prestación se reconoce con la misma extensión, forma y en los mismos términos y condiciones que en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Más información relativa a este régimen:
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Otras prestaciones.
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Personas incluidas en el campo de aplicación de este régimen, afiliación, altas y bajas y cotización.
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Régimen Especial de Trabajadores del Mar
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La prestación se reconoce con la misma extensión, forma y en los mismos términos y condiciones que en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Más información relativa a este régimen:
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Otras prestaciones.
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Personas incluidas en el campo de aplicación de este régimen, afiliación , altas y bajas y cotización.
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Régimen Especial de los Trabajadores por cuenta propia o autónomos
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A partir de 1-1-04, los trabajadores autónomos tendrán derecho a la prestación en la misma extensión, forma, términos y condiciones que en el Régimen General, con las particularidades siguientes:
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Deben estar acogidos a la mejora voluntaria de la acción protectora derivada de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y además, previa o simultáneamente, haber optado por la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal.
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Deben encontrarse al corriente en el pago de cuotas.
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No se aplica aplica el recargo de las prestaciones económicas por falta de medidas de prevención de riesgos laborales.
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Más información relativa a este régimen:
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Otras prestaciones.
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Personas incluidas en el campo de aplicación de este régimen, afiliación, altas y bajas y cotización.
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