Becas Curso 2024-25 / Convocatoria de Bachiller y Ciclos FP Grado Medio, abierta hasta el 31 diciembre

Con fecha, 15 de noviembre de 2024, la Fundación Obra Social Montepío anuncia la apertura de una nueva convocatoria del Programa de Becas de curso 2024-25 destinada a ayudar a familias mutualistas con estudiantes en Bachiller y Ciclos Formativos Profesionales de Grado Medio, y cuyo plazo de solicitud se prolongará hasta el próximo 31 de diciembre de 2024.

El fondo de la Fundación Montepío destinado para estos niveles educativos es de 10.000 euros, con un criterio de reparto de 100 euros por beca, para un centenar de familias con alumnas y alumnos matriculad@s en colegios públicos o concertados.

Cabe recordar que el plazo para la solicitud de ayudas de Educación Obligatoria, de Primaria y Secundaria, abierto el pasado 1 de octubre, finaliza el 15 de noviembre, siendo la primera línea en ponerse en marcha en el presente curso.

Y hasta el próximo 15 de febrero de 2025, seguirá abierta la Convocatoria para familias mutualistas con estudiantes con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo-NEAE asociadas, en cualquiera de las etapas antes citadas, derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta, por trastorno grave de la comunicación y del lenguaje, por trastorno de espectro del autismo, o asociada a alta capacidad intelectual.

CLIKEA SOBRE ESTA LÍNEA Y ENTRA EN LA ZONA DE INFO Y SOLICITUD ON LINE

Con posterioridad al 31 de diciembre, la Fundación Montepío prevé habilitar otras dos líneas de ayudas, en este caso para Ciclos Formativos de Grado Superior y estudiantes en Universidad, que se podrán solicitar a partir del 1 enero de 2024, siendo la fecha de cierre para todo el programa (también para NEAE) el 15 de febrero. En total, la Fundación Montepío habilita durante el curso unos 35.000 euros.

El abono de las ayudas a las familias que cumplan con los requisitos estipuladas en las Bases se llevará a cabo de manera simultánea antes del segundo trimestre del año, una vez sean ratificadas por la Comisión de Asuntos Sociales de la Mutualidad. La naturaleza de estas becas es la de una ayuda colaborativa con el proyecto educativo de las familias mutualistas con estudiantes, es decir, la de echar una mano con los costes de la compra de libros de texto o digitales, material didáctico e informático de los alumn@s matriculados en centros públicos o concertados.

Para facilitar los procesos de información y gestión, la Fundación tiene habilitado en la web corporativa montepio.es/becas-e-investigacion/ un espacio que, además de ampliar la información aquí facilitada, cuenta con las bases reguladoras y los formularios de solicitud, siendo posible gestionar la beca online. Además, para consultas o mayor información, está habilitado el mail fundacion@montepio.es y el teléfono 985 96 54 85 (laborables, de 9 a 15h).

AYUDAS PARA LA COMPRA DE LIBROS DE TEXTO, MATERIAL DIDÁCTICO E INFORMÁTICO

 Descripción

Atendiendo a la Política Social que siempre ha caracterizado al Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana, se concederán ayudas destinadas a la compra de libros de texto, material didáctico e informático de nuestros socios.

 Objeto

Esta beca tiene por objeto ayudar a financiar los costes del curso académico 2024-25 con ayuda para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático para alumnos de Educación postobligatoria (Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio) de centros docentes de carácter público o concertado.

 Financiación

El curso 2023-24 contará con una financiación presupuestada por el Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana de 10.000 €.

 Número y cuantía de las ayudas

El número total de becas a conceder será de 100, para aquellas solicitudes que obtengan la mayor puntuación en el baremo establecido. La coincidencia de puntuación en el baremo se resolverá con preferencia de la solicitud con menor renta familiar.

La cuantía de las mismas será por un importe fijo y lineal.

  • Bachiller: 75 ayudas de 100 euros por alumno.
  • Ciclos Formativos de Grado Medio: 25 ayudas de 100 euros por alumno.

Si quedase remanente en las ayudas de Bachiller se podrán incrementar en la misma cuantía en Formativos de Grado Medio y viceversa.

Si quedase remanente de las ayudas establecidas en estas bases se podrán incrementar en la misma cuantía las ayudas a la educación obligatoria.

 Compatibilidad de las ayudas.

Estas ayudas convocadas son compatibles con cualesquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibirse de cualquier administración, institución, entidad o personas.

Serán incompatibles con las ayudas a la educación obligatoria y Universidad y Ciclos Formativos de Grado superior 2024-25 otorgadas por el Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana al socio de la mutualidad, exceptuando las ayudas para alumnos con necesidades educativas especiales de apoyo educativo que la Mutualidad pudiera otorgar.

 Beneficiarios

El soci@ de la Mutualidad que sea el padre, la madre, el tutor o el representante legal de los alumnos que estén matriculados en cualquiera de los cursos de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en centros docentes de carácter público o concertado.

Se considerará una sola ayuda por socio beneficiario, a excepción de las que pudiera recibir en la línea de ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.

Requisitos generales

Para ser beneficiario de esta ayuda será preciso:

  1. El padre, madre, tutor o representante del alumno debe ser afiliado al Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana a 31 de diciembre de 2023 y estar al día en el abono de las cuotas.
  2. El alumno/a debe: Estar matriculado del curso completo de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en el curso 2024-25 Haber superado en el curso anterior y en el año anterior todas las asignaturas (curso completo) No estar repitiendo curso en el año escolar para el que solicita la ayuda. Cursar los estudios en centros docentes de carácter Público o Concertado.

Modelo de solicitud y documentación a presentar

La solicitud, cuya presentación corresponde al padre, madre, tutor o representante legal del alumno, socio de la Mutualidad, se deberá cumplimentar en el formulario accesible por vía telemática a través de la página web del Montepio.es, en la pestaña de la Fundación Obra Social: http://www.montepio.es/becas-e-investigacion/ rellenando el “Formulario de solicitud” online, o recogerla en las Juntas Locales del Montepío o en la sede central de Oviedo.

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Fotocopia del NIF/NIE de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
  • Certificado del Centro Publico o concertado que acredite la matrícula en el curso lectivo.
  • Fotocopia del Libro de familia y título de familia numerosa (si corresponde).
  • Fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2023 de todos los miembros de la unidad familiar. Páginas 1, 2 y las correspondientes a las casillas 435, 460 y 595.
  • Certificado de Ingresos de los miembros de la unidad familiar si no han presentado declaración de la renta.
  • Prejubilados, certificado de ingresos y retenciones emitido por la entidad pagadora de la prejubilación.
  • Expediente académico (curso anterior y año anterior).
  • Fotocopia del número de cuenta corriente o libreta (IBAN) del solicitante.
  • Certificado de discapacidad (si procede).
  • Certificado de un equipo de valoración y orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente (si procede).

 Plazo y lugar de presentación de la solicitud.

El plazo de presentación de solicitud será del 15 de noviembre a 31 de diciembre de 2024

Una vez cumplimentada, deberá ser firmada por el padre, madre, tutor o representante legal del alumno y, acompañada de la documentación correspondiente, podrá ser entregada en las Juntas Locales del Montepío, en la sede central de Oviedo o remitida por vía telemática al correo electrónico fundacion@montepio.es

No se admitirá ninguna solicitud que venga sin la firma del solicitante soci@ de la Mutualidad.

La presentación de la solicitud firmada por el solicitante implica que con dicha firma declaran bajo responsabilidad solidaria lo siguiente:

  1. Que aceptan las bases de la convocatoria para la que solicitan beca.
  2. Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
  3. Que quedan enterados de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o reintegro de la beca.
  4. Que manifiestan su conformidad para recibir notificaciones de forma telemática.
  5. Que el solicitante es titular o cotitular de la cuenta corriente o libreta que ha consignado para el pago de la beca.
  6. Las ayudas no podrán destinarse a objeto diferente de aquel para el que fueron concedidas.

Órganos de valoración y concesión.

La valoración de las solicitudes presentadas y la concesión de la ayuda corresponden a la Comisión de Asuntos Sociales, que informará de sus decisiones a la Comisión Permanente y a la Comisión Regional. De las reuniones celebradas se levantará el acta correspondiente por la secretaría técnica de la Comisión.

 Revisión de solicitudes y subsanación de defectos.

La Comisión de Asuntos Sociales, como órgano de valoración y concesión comprobará que:

  1. Las solicitudes presentadas cumplen los requisitos generales exigibles.
  2. En caso de eventuales defectos en las solicitudes presentadas requerirá al solicitante, que subsane los eventuales defectos o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de diez días hábiles contados desde la recepción del requerimiento, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
  3. En casos específicos, el órgano de valoración de las solicitudes, podrán requerir al solicitante los documentos complementarios que se estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso, a los efectos de garantizar la correcta inversión de los recursos presupuestarios destinados a estas ayudas.

 Concesión, denegación, notificación y publicación.

En el plazo de 30 días hábiles a contar desde el fin del período de solicitud de ayuda la Comisión de Asunto Sociales resolverá las solicitudes presentadas.

Tanto las notificaciones de propuestas de concesión como las propuestas de denegación serán comunicadas al solicitante por cualquiera de los medios admitidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo incluidos correos electrónicos. En las notificaciones de propuestas de denegación, a quienes no cumplan los requisitos exigibles, se hará constar la causa que la motiva e informándoles que pueden interponer una reclamación en el plazo de diez días a partir de la recepción de la notificación, indicando el número de expediente.

El listado de beneficiarios, con número de expediente, se hará público en la página web del Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana http://www.montepio.es/ en las Juntas Locales del Montepío y en la sede central de Oviedo, entendiéndose denegadas el resto de las solicitudes por el mismo motivo que consta en la propuesta de denegación.

Pago de las becas.

Concedida la ayuda, se efectuará el abono de esta en la cuenta corriente o libreta que el solicitante ha consignado para el pago de esta.

Documento PDF para descarga ⬇ 2024-25 Bases BECAS BACHILLER y CFGMedio

✅ Preferentemente, todas las ayudas a la educación, obligatoria y postobligatoria, que otorgue el Montepío y Mutualidad de la Minería Asturiana, se abonarán de manera simultánea antes del segundo trimestre del año.